El Poder Ejecutivo constituyó el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (Enrge), que reemplazará a los actuales Enargas y ENRE y asumirá todas sus funciones bajo una estructura única. Según se detalla en el Decreto 452/2025, publicado en el BoletÃn Oficial, será un organismo autárquico que dependerá de la SecretarÃa de EnergÃa del Ministerio de EconomÃa. El nuevo ente deberá estar plenamente operativo dentro de los 180 dÃas corridos desde esta publicación.
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El proceso de conformación prevé la transferencia de personal y bienes desde los organismos actuales hacia la nueva estructura, manteniendo las condiciones de empleo vigentes hasta su reubicación.
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De acuerdo con la normativa, el directorio estará compuesto por un presidente, un vicepresidente y tres vocales designados por el Poder Ejecutivo tras un proceso de selección conducido por la SecretarÃa de EnergÃa. Entre los requisitos, los directores deberán contar con experiencia técnica y profesional en la industria de gas y electricidad y tendrán mandatos de cinco años renovables, con cesación escalonada cada año para garantizar la continuidad de la gestión.
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Durante el perÃodo de transición, el Enargas y el Enre seguirán ejerciendo sus competencias habituales hasta que el nuevo organismo apruebe su propia estructura organizativa. Entre las atribuciones del nuevo ente se enumeran la fiscalización de las normas vigentes, la formulación de presupuestos, la elaboración del balance anual, la aplicación de sanciones y la administración de la tasa de inspección y control que financia su funcionamiento.
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La medida se enmarca en lo dispuesto por la Ley 27.742, conocida como Ley de Bases, que ordenó la creación de un único ente para supervisar ambos sectores como parte de un plan más amplio de simplificación administrativa y adecuación a estándares internacionales. En este sentido, la norma señala que la reorganización apunta a optimizar recursos, reducir costos operativos y adoptar prácticas regulatorias alineadas con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
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El proceso de selección del primer directorio deberá iniciarse dentro de los treinta dÃas hábiles contados desde la publicación del decreto. El esquema establece un mecanismo de control parlamentario: antes de la designación o remoción de los directores, el Poder Ejecutivo deberá comunicar los fundamentos a una comisión bicameral del Congreso, que tendrá treinta dÃas para emitir opinión. Si no lo hace en plazo, el Ejecutivo podrá avanzar con el acto administrativo.