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03/07/2018

IOSPER: denuncian más irregularidades y piden cambiar la fecha de elecciones

En un documento enviado a NOTICIAUNO se señala, entre otros puntos, que dos integrantes de la Junta Electoral “son Asesores Legales de miembros de la actual conducción del Iosper”, por lo tanto responden a las “Listas del oficialismo” y debieron excusarse al ser designados. 

 

A dos días de la fecha fijada para las elecciones del nuevo directorio del IOSPER, otra lista denunció nuevas irregularidades de la Junta Electoral que debe controlar la transparencia de los comicios de la principal prestadora de salud de Entre Ríos.

En un documento enviado a NOTICIAUNO, señalaron -entre otros puntos- que dos integrantes de la Junta Electoral “SON ASESORES LEGALES DE MIEMBROS DE LA ACTUAL CONDUCCIÓN DEL IOSPER”, por lo tanto se encuentran participando de estos comicios como “Listas del oficialismo”.

Solicitan al Ejecutivo que disponga una nueva fecha de elecciones para que la Junta Electoral tenga “tiempo para cumplir sus obligaciones”, y advierten que presentarán una medida cautelar.

Dentro de la larga lista de irregularidades que dan “motivo suficiente para prorrogar la fecha de elecciones”, destacaron que:

-Los abogados que integran la Junta Electoral nunca estuvieron físicamente presentes en la sede establecida en los días y horarios determinados por el Decreto 567/18. “A lo largo de todo el proceso electoral jamás se encontraron ninguno de los tres miembros en el horario establecido, hemos concurrido reiteradas veces pero no hemos encontrado a ninguno de sus miembros, algo grave e insólito en el funcionamiento de cualquier Junta Electoral”.

La ausencia fue reconocida por los propios integrantes de la Junta Electoral quienes argumentaron “que todos somos trabajadores estatales y cumplimos tareas cotidianas (...)”, incumpliendo de ese modo el decreto de designación y su propio reglamento que establecía precisos horarios de atención.

-“El 7 de mayo se solicitaron formalmente los padrones provisorios”, pero la Junta “no respondió el pedido en el plazo establecido en la Resolución Nº 2 dictada por la misma Junta”. Tan es así que 10 días después del pedido formal se debió remitir una Carta Documento a dicha autoridad electoral para que responda”.

Eso impidió hasta a los apoderados de las Listas acceder al padrón para constatar la correcta inclusión de afiliados.

El Padrón debía estar exhibido el 31 de marzo pero ello nunca ocurrió ni en la página web del IOSPER, que recién subió un padrón provisorio y desactualizado el 18 de mayo, que no es accesible para todos los afiliados, ya que no todos tienen acceso a internet o a una computadora, lo cual viola las disposiciones de Ley Nacional Electoral aplicable en forma complementaria a las elecciones del IOSPER.

-En ese padrón no figuran los datos de las mesas, jurisdicciones departamentales, etc., siendo datos necesarios para saber en qué Mesa deben votar los afiliados.

-A todo lo anterior, se suma que DOS INTEGRANTES DE LA JUNTA ELECTORAL, los abogados Pablo TESTA y Sebastián IBAÑEZ SON ASESORES LEGALES DE MIEMBROS DE LA ACTUAL CONDUCCIÓN DEL IOSPER.

Queda claro que “se encuentran participando de las elecciones como LISTAS “del oficialismo”.

Lo correcto hubiera sido que dichos integrantes, al notificársele su designación realizada por el Decreto 567/18 del Gobernador, “den a conocer su condición de asesores y se excusen de intervenir como miembros de la Junta Electoral por evidente conflicto de intereses que, maliciosamente, ocultaron”, agrega el documento enviado a NOTICIAUNO.

-Ante las omisiones de la Junta Electoral, el pasado viernes 26 de junio se presentó un pedido de informes donde se requerían datos sobre mesas receptoras de votos, padrón definitivo de cada una de las mesas, datos de las listas oficializadas, etc, ya que “ni los afiliados ni las Listas participantes conocen esos datos básicos de todo proceso electoral”.

Ante ese pedido, la Junta Electoral respondió “verbalmente” mostrando “un expediente donde constaba una respuesta del Consejo General de Educación, fechada ese mismo día 29 de junio, donde notificaba la habilitación de los distintos establecimientos para que se lleven adelante las elecciones, refiriendo que la demora de dicho organismo fue lo que demoró constitución de las mesas receptora de votos”.

Sin embargo, la Resolución Nº 2 dictada por la misma Junta Electoral establecía que “determinar los lugares en los que se llevarán a cabo las elecciones” era una facultad de la misma Junta (no del CGE).

Además, “para constituir las Mesas Receptoras y el Padrón de cada Mesa no necesita la Junta contar con los lugares de votación” (ese fue el argumento de la demora).

-Por otra parte, remarcan que “llama poderosamente la atención que las Listas “oficialistas” nada han planteado al respecto, lo cual demuestra que no les preocupa que sus afiliados no sepan a dos días de las elecciones donde votan ni quiénes son sus candidatos”.

-Restando solo dos días para las elecciones, la Junta Electoral:

NO constituyó las mesas electorales –y si lo hizo no ha notificado a las LISTAS oficializadas-.

NO existe publicación notificando a los afiliados la individualización de las mesas receptoras de votos (art. 19° inc. g) de la Resolución 02/2018 JE IOSPER)

NO confeccionó los padrones provisorios divididos por agrupamiento y jurisdicción de cada Mesa de votación y exhibición de los mismos (art. 12° y 13° de la Resolución 02/2018 JE IOSPER)

NO emitió resolución sobre la confirmación de los padrones definitivos de cada una de ellas (art. 19° inc. b) de la Resolución 02/2018 JE IOSPER)

NO determinó ni publicó los domicilios exactos de los establecimientos escolares donde funcionaran cada una de las mesas receptoras de votos (art. 19° inc. e) de la Resolución 02/2018 JE IOSPER)

NO determinó ni publicó aún los horarios de apertura y cierre de los comicios (art. 19° inc. c) de la Resolución 02/2018 JE IOSPER)

NO publicó aún las listas que han sido oficializadas de las cuales cada uno de los afiliados debe optar

NO han designado a los Presidentes de Mesa de las Mesas receptoras de votos (art. 19° inc. g) de la Resolución 02/2018 JE IOSPER), por lo cual, al no saber las LISTAS cuantas mesas hay y en qué localidad van a funcionar no han podido designar con nombre y apellido los fiscales de las LISTAS.

Según el documento, “todo ello constituye irregularidades insalvables a esta altura del proceso”, por lo que calificaron la actuación de la Junta Electoral como “violatoria a toda norma constitucional y democrática de un organismo autárquico del Estado provincial administrado por sus propios afiliados”.

Finalmente, solicitan “en forma urgente” al Ejecutivo que “emita un nuevo decreto que prorrogue la fecha de elecciones”, “otorgando un plazo prudencial para que la Junta Electoral cumpla con sus obligaciones”, de modo tal que dicha prórroga “permita reencauzar la regularidad del proceso electoral”.



 

Fuente: Noticiauno

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