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MARTES, 15 DE JULIO DE 2025

Carreras universitarias: el Gobierno cambió materias, contenidos curriculares y carga horaria por decreto

Se redefinieron aspectos clave en ciertas carreras universitarias. De acuerdo con el Ejecutivo, se apunta a homogeneizar y actualizar los estándares académicos.

El Gobierno nacional introdujo importantes modificaciones en los planes de estudio de varias carreras universitarias mediante nueve resoluciones firmadas por el Ministerio de Capital Humano, a través de la secretaría de Educación.

Las resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial, impactan en el diseño curricular, la carga horaria mínima y las actividades profesionales reservadas de al menos diez licenciaturas dictadas en instituciones de todo el país.

¿Qué cambió en los planes de estudio?

A través de las resoluciones 980/2025, 981/2025, 982/2025, 983/2025, 984/2025, 985/2025, 986/2025, 987/2025, 988/2025 se sustituyeron los siguientes aspectos:

-Contenidos Curriculares Básicos

-Carga Horaria Mínima

-Criterios de Intensidad de la Formación Práctica

-Estándares de Acreditación

Además, en algunas carreras también se modificaron las Actividades Profesionales Reservadas al título, es decir, las tareas que únicamente pueden realizar quienes se gradúan de dicho título.

Esto implica que los planes de estudio actuales deberán ser reformulados por cada universidad para cumplir con los nuevos lineamientos oficiales. Las modificaciones también impactan en la validez nacional de los títulos, ya que desde ahora cualquier nueva carrera que se cree bajo estos nombres deberá cumplir obligatoriamente con los nuevos requisitos para ser reconocida.

¿Cuáles son las carreras alcanzadas por los nuevos cambios?

Licenciatura en Biotecnología

Licenciatura en Sistemas / Sistemas de Información / Análisis de Sistemas

Ingeniería en Sistemas de Información / Informática

Ingeniería en Transporte

Odontología

Ingeniería Naval

Licenciatura en Ciencias de la Computación

Licenciatura en Psicología

Licenciatura en Informática

En el caso de Biotecnología, por ejemplo, la Resolución 980/2025 establece nuevos contenidos curriculares y criterios de acreditación, e impone un año de plazo para que las universidades adapten sus programas.

Durante ese tiempo, las acreditaciones solo podrán ser presentadas de forma voluntaria. Algo similar ocurre con las demás carreras, como la Licenciatura en Psicología, regulada ahora por la Resolución 987/2025.

¿Cuándo entran en vigencia los cambios?

Todas las resoluciones establecen que los nuevos requisitos entran en vigencia a partir de su publicación. Sin embargo, las universidades tendrán hasta 12 meses para adecuarse. Pasado ese plazo, todas las acreditaciones serán obligatorias bajo el nuevo marco regulatorio.

A su vez, en los casos de carreras nuevas que busquen el reconocimiento oficial, los estándares establecidos en los anexos serán de aplicación inmediata y estricta, y las instituciones no podrán iniciar las clases hasta obtener dicha validación por parte del organismo acreditador.

Según se detalla las resoluciones, las modificaciones responden a la necesidad de actualizar y normativizar los contenidos curriculares básicos, la carga horaria mínima y los criterios de formación práctica de las carreras incluidas en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior N.º 24.521.

Este artículo contempla aquellas titulaciones cuyo ejercicio profesional está regulado por el Estado debido a su posible impacto en la salud, la seguridad o los bienes de la población.

Los cambios también buscan adecuar las carreras a los estándares establecidos por el Consejo de Universidades, que, tras un análisis técnico y consultas con organismos como el CIN (Consejo Interuniversitario Nacional), el CRUP (Consejo de Rectores de Universidades Privadas) y el CONBIOTEC, definió los nuevos parámetros.

En algunos casos, como Ingeniería en Transporte o Ingeniería Naval, se deja constancia de que los contenidos podrán ser revisados periódicamente en función de los avances técnicos o de acuerdos regionales, como los del MERCOSUR Educativo.

Además, varias resoluciones aclaran que se deberá tener en cuenta el principio de autonomía universitaria para la implementación de estos cambios, sin dejar de respetar los criterios establecidos por la Ley de Educación Superior N.º 24.521.

 

Fuente: El Cronista

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