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18/09/2017

Ruralistas presionan a la Justicia para que no falle en contra de los agrotóxicos

La Mesa de Enlace provincial emitió este lunes un comunicado, al iniciarse el primer juicio contra productores y aplicadores que fumigaron una escuela rural en 2014. Antes, hubo dilación de audiencias y amenazas a la docente que denunció el hecho. La Corte acaba de pronunciar un fallo histórico.

 

Este lunes comenzó en Entre Ríos el primer juicio oral contra las consecuencias del agronegocio. El caso sienta el primer precedente judicial en la provincia sobre las responsabilidades penales que caben a quienes fueron capaces de fumigar en pleno horario de clases un campo lindero a una escuela rural, donde se encontraban alumnos pequeños y su maestra, Mariela Leiva, quienes padecieron las consecuencias de la intoxicación con los agroquímicos utilizados y debieron ser hospitalizados.

 

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Tres personas están imputadas por los delitos de lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa. Se trata del titular de la empresa fumigadora, el dueño del campo donde se realizó la fumigación con agroquímicos y el piloto que manejó la aeronave aplicadora.

La causa comenzó a ventilarse este lunes en los tribunales de Concepción del Uruguay, en una instancia histórica que empezó cuando, luego de más de dos años de investigaciones, la causa fue elevada a juicio el 4 de julio pasado.

Durante toda esta semana tendrán lugar las audiencias para probar la culpabilidad de los imputados, acusados de haber fumigado con agroquímicos a cinco alumnos y una docente de la escuela Nº 44 República Argentina de Colonia Santa Anita, Departamento Uruguay, el 4 de diciembre de 2014, hecho que fue denunciado por la maestra con el respaldo de la campaña Paren de Fumigar las Escuelas (encabezada por la filial Basavilbaso, seccional Uruguay de Agmer). Los alumnos y la docente padecieron las consecuencias de la intoxicación con los agroquímicos utilizados y debieron ser hospitalizados.

La fiscal Melisa Ríos que llevó adelante la investigación penal, consideró que existen suficientes elementos para probar la culpabilidad del dueño del campo fumigado, José Mario Honecker; el propietario de la empresa fumigadora Aerolitoral S.A., Erminio Bernardo Rodríguez, y el piloto que volaba la aeronave fumigadora, Cesar Martin Ramón Visconti, quien se negó a detener su marcha como lo pedía personal policial, ante la intoxicación que estaban padeciendo las víctimas.

Todos están acusados por los delitos de “lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa” de acuerdo con el artículo 56 de la Ley 24.051 (de Residuos peligrosos) y el 89 del Código Penal.

 

Los hechos señalados como delitos

Mariela Leiva, directora de la escuela Nº 44 República Argentina ubicada en la zona rural entre Villa San Marcial y Santa Anita, Departamento Uruguay, denunció la fumigación aérea con agrotóxicos que se realizaba en un campo lindante el 4 de diciembre de 2014, en pleno horario escolar, tras la cual, ella y sus alumnos resultaron intoxicados.

Mariela se encontraba dictando clases cuando se percató de que un avión realizaba fumigaciones prohibidas en inmediaciones del establecimiento, por lo que llamó telefónicamente a las autoridades educativas y a la Policía, denunciando lo que estaba sucediendo.

Por la fumigación, los niños y ella padecieron vómitos, irritación de los ojos, dolor de estómago y de cabeza, lo que motivó que debieran acudir al hospital Enrique Becher de Santa Anita, mientras el personal policial intentaba detener el vuelo del fumigador, aunque el piloto se negó a parar.

Al día siguiente Leiva radicó la denuncia penal -a la que luego se sumaron Jorge Bevacqua, integrante de la Asamblea Ambiental de Concepción del Uruguay y de la campaña Paren de fumigar las escuelas, y otras efectuadas por los padres de algunos de los alumnos afectados por la fumigación.

 

Las dilaciones

Inicialmente, la audiencia de remisión a juicio iba a realizarse el día 11 de abril, pero uno de los imputados presentó en esa oportunidad un certificado por enfermedad, afirmando que se encontraba imposibilitado de asistir a la audiencia, que se reprogramó entonces para el 18 de mayo.

Horas antes de esa nueva fecha de audiencia, y apenas unos días después de que la denunciante (la maestra Mariela Leiva) fue amenazada "para que no saliera de su casa", otro de los imputados presentó también un certificado médico alegando la imposibilidad de presentarse.

 

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Amenazas a la maestra que se animó a denunciar

A mediados de mayo, Mariela Leiva estaba invitada a participar de la presentación del libro La Argentina fumigada, de Fernanda Sández, en la Feria Internacional del Libro que se realizaba en La Rural, en Buenos Aires.

Dos días antes de la presentación, recibió una llamada desconocida a su celular.

Una voz masculina y grave le dijo: “Callate la boca, porque sino la vas a pasar mal”, denunció la docente, tras explicar que por ese hecho desistió de participar de la Feria del Libro, para resguardarse y cuidar a su familia.

 

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Comunicado de la Mesa de Enlace

Las entidades rurales que integran la Mesa de Enlace de Entre Ríos (Federación Agraria Argentina -FAA-, Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos -FARER-, Sociedad Rural y la Federación de Cooperativas -FEDECO-) se reunieron este lunes en Paraná con motivo del comienzo del juicio y emitieron un comunicado con un claro mensaje a la justicia provincial.

No son parte del juicio, pero de manera corporativa expresaron su “preocupación” por el proceso que se desarrollará esta semana y remarcaron que “es necesario que se pueda dilucidar con elementos técnicos certeros las afectaciones denunciadas por la docente”, ninguneando así la investigación preparatoria que durante dos años llevó adelante la Fiscalía y que motivó el pedido de remisión a juicio oral.

Según el comunicado, las entidades agropecuarias “ven con preocupación” el juicio iniciado.

Afirmaron que “de acuerdo a lo informado por el productor (imputado), se trató de una aplicación realizada con control profesional, para la cual se disponía de la receta agronómica”.

Sin embargo, según el testimonio de la maestra que denunció el hecho, "no se recibió ninguna notificación de que se iba a hacer alguna fumigación, no hubo receta agronómica. La Policía dijo que no hubo presentaciones (permisos) y la Municipalidad aseguró que no hubo aviso previo de esa fumigación".

A pesar de los hechos contundentes, las entidades del campo señalaron que “la empresa que la realizó se encontraba totalmente en regla, cumpliendo con las normas vigentes”.

Finalmente advirtieron que “es necesario que se pueda dilucidar con elementos técnicos certeros las afectaciones denunciadas por la docente”.

Entre los testimonios aportados por la Fiscalía, se encuentra el de los profesionales del hospital donde fueron atendidos los alumnos y la maestra intoxicados, un perito agrónomo nombrado por la Fiscalía y un investigador del Conicet que constató mediante estudios de aire que “la escuela está expuesta a la contaminación”.

Los denunciantes, las víctimas de la fumigación y las organizaciones ambientales que respaldan esta lucha estarán acompañados en esta etapa por las “Madres de Ituzaingó”.

 

Reciente fallo de la Corte Suprema

El caso de barrio Ituzaingó (provincia de Córdoba) fue el primero en llegar a juicio penal y en obtener una sentencia contra un productor agropecuario y un aerofumigador, que fueron condenados por el delito de contaminación ambiental. Recayó sobre ellos una pena de tres años de prisión condicional.

El 22 de agosto de 2012, la Cámara Primera del Crimen de Córdoba emitió un fallo inédito donde determinó que fumigar con agrotóxicos es delito.

El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba confirmó ese fallo y determinó que los agroquímicos que se utilizan en las fumigaciones agropecuarias son productos altamente tóxicos y tienen la suficiente entidad como para contaminar el agua, el suelo y el aire y dañar la salud de los vecinos.

A cinco años de aquel fallo inédito, la semana pasada la Corte Suprema de la Nación ratificó la condena de prisión condicional al agricultor Francisco Parra y al aeroaplicador Edgardo Pancello, acusados por "contaminación ambiental dolosa".

 

Con el voto de los vocales Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, el 12 de septiembre la Corte declaró inadmisible el Recurso de Queja interpuesto por los condenados. De este modo quedó firme la sentencia de la Cámara Primera del Crimen.

Las denuncias tomadas en cuenta por los tribunales incluyeron un estudio oficial había determinado que, sobre 142 niños del barrio, había presencia de agrotóxicos en 114 de ellos. 

 

Histórico Fallo de la CSJN

Fuente: Noticiauno

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