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02/06/2020

Los Etchevehere fueron condenados por usurpar un campo a escopetazos

El expresidente del Consejo Empresario de Entre Ríos y su hermano, exministro de Agroindustria de la Nación, fueron condenados a pagar poco más de 300 mil pesos a un productor al que desalojaron violentamente de un campo que los Etchevehere habían adquirido del Estado Provincial, haciéndole desaparecer su cosecha. La causa penal no prosperó: se beneficiaron con la probation. 

 

La Sala III en lo Civil y Comercial confirmó un fallo de primera instancia que condenó al expresidente del Consejo Empresario de Entre Ríos, Juan Diego Etchevehere, a su hermano Luis Miguel Etchevehere, exministro de Agroindustria de Mauricio Macri, y al resto de los herederos de Luis Felix “Zahorí” Etchevehere, a indemnizar al arrendatario de un campo ubicado en la zona de La Paz, a quien los condenados le destrozaron sus cultivos.

La causa se remonta al año 2007, cuando el productor José María Morcillo, que había arrendado un campo a la Escuela Agrotécnica Paraje Quebracho, fue despojado violentamente por tres personas –que respondían a los Etchevehere-  quienes, a punta de escopeta, le impidieron ingresar al lugar que recientemente habían adquirido –a través de la firma Las Margaritas- al Estado Provincial. Además, hicieron desaparecer el lino plantado.

Eran tres lotes de la estancia “El Quebracho” que los Etchevehere compraron sabiendo que existía un contrato de arrendamiento hasta el año 2010.

Se abrieron como consecuencia dos procesos judiciales: uno destinado a que los responsables de la usurpación sean sancionados penalmente y otro a que Morcillo reciba una compensación por las pérdidas recibidas. El primero terminó en una suspensión del juicio a prueba, en el medio del cual “Zahorí” Etchevehere falleció y su hijo Juan Diego fue sobreseído en 2014 por cumplimiento del plazo. En el segundo, un fallo de primera instancia dio la razón a Morcillo y ordenó el pago de una indemnización, a valores históricos, de 360 mil pesos, consigna el sitio Valor Local.

Morcillo reclamó en la Justicia los daños que le ocasionó el “desapoderamiento ilegítimo que habrían perpetrado los accionados invocando su calidad de adquirentes de la superficie de un inmueble rural adquirido a un tercero (Frigorífico Santa Elena), campo éste que se encontraba arrendado por el actor”, es decir: Morcillo.

La víctima, tenía un contrato de arrendamiento que había firmado con el rector de la Escuela Provincial de Nivel Medio Nº 151- Agrotécnica Paraje Quebracho –poseedora de las hectáreas- hasta el año 2010.

En una operación sui generis, los Etchevehere, a través de Las Margaritas SA (firma complicada en las operaciones que investiga la Justicia por el presunto vaciamiento patrimonial) compraron un predio del ex frigorífico que incluía los lotes que arrendaba Morcillo, a fin de anexarlo a un inmueble que ya era propiedad de la familia y que se llamaba “Casa Nueva”.

En el expediente se menciona que en la escritura de compraventa del predio en cuestión entre el Estado provincial y Las Margaritas “se aclaró que la vendedora conjuntamente con el Superior Gobierno de Entre Ríos, se obligaban a realizar el trámite de lanzamiento de los intrusos y/o ocupantes por cualquier título que se encontrasen en los inmuebles, mostrando ello que la compradora tenía conocimiento, aceptaba y autorizaba los procedimientos de lanzamiento que serían efectuados en forma conjunta y mancomunadamente por los contratantes.

Sin embargo “los demandados recurrieron a las vías de hecho para despojar a Morcillo y además, se apropiaron de los insumos que el actor guardaba en el predio, destrozaron la vivienda existente, arrancándole puertas y ventanas y demoliendo parte de la construcción.

Por ello, se solicitó que los Etchevehere indemnicen por vía civil al arrendatario.

Este reclamo fue atendido en un fallo de primera instancia fechado el 28 de febrero de 2019 y confirmado por la Sala III de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por Valentina Ramírez Amable, Virgilio Alejandro Galanti y Andrés Manuel Marfil el pasado 27 de abril, a través de un acuerdo realizado de manera virtual por el aislamiento dispuesto por la pandemia de coronavirus.

La demanda civil se interpuso originariamente contra Juan Diego Etchevehere; Las Margaritas SA y los sucesores de Luis Félix Etchevehere, entre los que se cuentan al ex titular de la cartera de Agroindustria Luis Miguel Etchevehere; su madre Leonor María Magdalena Barbero Marcial y hasta su hermana Dolores, quien demandó en su momento al resto de la familia por sentirse perjudicada por las maniobras realizadas y que en esta causa se encuentra “en rebeldía”, indica la sentencia.

El fallo que condena a los empresarios y exfuncionarios macristas puede ser apelada por los Etchevehere ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.

Fuente: Noticiauno

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