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SÁBADO, 07 DE FEBRERO DE 2026

El Gobierno disolvió el IOSFA y creó dos nuevas obras sociales para militares y fuerzas de seguridad


Mediante el DNU 88/2026, publicado en el Boletín Oficial, Milei dispuso la liquidación del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) y la creación de entidades separadas para atender las necesidades específicas de personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Federales de Seguridad.

El Gobierno nacional oficializó la reestructuración del sistema de salud para las fuerzas de militares y de seguridad estatales mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 88/2026. La medida principal es la disolución y liquidación progresiva del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), entidad creada en 2013 que integraba la cobertura médico-asistencial y social del personal de las Fuerzas Armadas (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) junto con la de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina.

El decreto -que lleva la firma del presidente Javier Milei y el Gabinete en su conjunto- argumenta la necesidad de esta reorganización por el desequilibrio financiero persistente del IOSFA, atribuido al incremento de costos en prestaciones y medicamentos, la heterogeneidad del padrón de afiliados y la dispersión territorial.

Para garantizar la continuidad de las coberturas y adaptarlas mejor a las características de cada grupo, se crean dos nuevas obras sociales autárquicas:

Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA): Se establece como ente autárquico bajo la órbita del Ministerio de Defensa. Su objeto principal es brindar atención médico-asistencial y social a toda su población beneficiaria, con prestaciones nunca inferiores al Programa Médico Obligatorio (PMO) establecido por el Decreto 492/1995 o su reemplazo futuro.

Beneficiará a:

Afiliados titulares obligatorios: personal militar en actividad de las Fuerzas Armadas, personal civil (bajo cualquier modalidad) en las Fuerzas Armadas y en la propia OSFA.

Afiliados titulares voluntarios: personal retirado de las Fuerzas Armadas con haber de retiro o pensiones, y personal civil jubilado o pensionado de esos organismos.

Beneficiarios incorporados: grupo familiar primario de los titulares.

Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG): Se crea como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Seguridad Nacional. Al igual que la OSFA, debe garantizar prestaciones no inferiores al PMO, con un Programa Médico aprobado por su Directorio.

Beneficiará a:

Afiliados titulares obligatorios: personal con estado militar de Gendarme en actividad de la Gendarmería Nacional, personal con estado policial en actividad de la Prefectura Naval Argentina, personal civil en relación de dependencia en esas fuerzas o en la propia OSFFESEG, y personal que a futuro se incorpore de otras Fuerzas de Seguridad Federales según normativa.

Afiliados titulares voluntarios: personal retirado de Gendarmería o Prefectura con haber de retiro o pensiones, y personal civil jubilado o pensionado de esos organismos.

Beneficiarios incorporados: grupo familiar primario de los titulares.

GENDARMERÍA- IOSFA

El decreto establece un período de transición de hasta 365 días, con un administrador designado por el Ministerio de Defensa para asegurar la continuidad de las prestaciones (especialmente tratamientos en curso), la transferencia ordenada de afiliados, personal, bienes y obligaciones, y la creación de una Comisión Especial Ad-Hoc para supervisar el proceso. Una vez completada la liquidación, se derogarán los decretos previos que sustentaban el IOSFA (637/2013 y 2271/2013).

La medida busca mayor eficiencia, sostenibilidad financiera y adaptación de las coberturas a las particularidades operativas y demográficas de cada sector, manteniendo como piso mínimo el Programa Médico Obligatorio vigente en el sistema de salud argentino. El DNU ya fue comunicado al Congreso para su revisión por la Comisión Bicameral Permanente.

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